El Juzgado de Garantías N° 4 de Berazategui rechazó la liberación del exsacerdote de la Diócesis de Quilmes acusado de abuso sexual. El magistrado también habilitó un «juicio por la verdad» para los hechos que no pueden ser penados.
El caso judicial que sacudió a la comunidad del sur del conurbano bonaerense tuvo un nuevo capítulo esta semana. El juez de Garantías N° 4 de Berazategui, Francisco Arturo Martínez Garmendia, resolvió denegar la excarcelación extraordinaria y la morigeración de la prisión preventiva solicitada a favor del exsacerdote Franco Lutens, quien permanece detenido acusado de abuso sexual agravado y corrupción de menores.
La resolución llega en un momento clave de la causa, marcado por una decisión de doble filo: el juez declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de dos de los hechos denunciados contra el exsacerdote de la Diócesis de Quilmes, argumentando que, dado que los delitos habrían ocurrido entre 1998 y 2012, no resultan aplicables de forma retroactiva las leyes posteriores que extendieron los plazos de prescripción en casos de abuso sexual infantil.
Sin embargo, esa prescripción parcial no fue suficiente para lograr la libertad del imputado. La defensa técnica había solicitado la liberación de Lutens o, de manera subsidiaria, una medida morigerada como el arresto domiciliario. El juez rechazó ambos pedidos, considerando que persisten riesgos procesales que exigen el encierro preventivo.
El tercer hecho, vigente
El hecho de que se mantenga la prisión preventiva sugiere que existe al menos un tramo de la imputación que aún conserva vigencia y reviste la gravedad suficiente para justificar la medida coercitiva más severa. Es decir: Lutens seguirá entre rejas mientras avanza la investigación por el cargo que no prescribió.
Un «juicio por la verdad» para las víctimas
Uno de los aspectos más destacados de la resolución es que el juez no cerró definitivamente la puerta sobre los hechos prescriptos. El magistrado habilitó, a pesar de la prescripción de los dos hechos, un «juicio por la verdad». Las acciones surgieron a partir de las presentaciones de la abogada particular Fernanda Raia, que asiste a las personas que acusan al religioso.
Este mecanismo, poco usual pero reconocido por la jurisprudencia, permite que la Justicia establezca qué sucedió y determine responsabilidades, aunque sin posibilidad de imponer condena penal. Un juicio por la verdad sobre hechos prescriptos busca establecer judicialmente qué sucedió, quiénes fueron las víctimas y responsables de un delito, sin imponer una pena penal ni condena, ya que «el paso del tiempo que impide imponer una pena no impide buscar la verdad de los hechos».
Cronología del caso
El escándalo comenzó a gestarse públicamente en 2024. El primer denunciante fue un catequista de 19 años, quien luego sumó a otros dos compañeros. Las denuncias llegaron a las redes sociales en junio de 2024, lo que forzó al Obispado de Quilmes a suspender preventivamente al sacerdote.
En junio de 2025, oficiales de la Subdelegación Departamental de Investigaciones (SDDI) de Berazategui detuvieron a Lutens en su domicilio de Ranelagh, en Avenida República Argentina. La orden fue emitida por el propio Juzgado de Garantías N° 4, a pedido de la Fiscalía N° 8. El Obispado, a través del obispo Carlos José Tissera, confirmó el arresto y reiteró que el sacerdote ya había sido suspendido de todas sus actividades pastorales.
Desde la ONG Sobrevivientes de Abusos Eclesiásticos en Argentina, su referente Liliana Rodríguez había señalado que «el Obispo Tissera ya no pudo tapar más el sol con las manos», cuestionando además que la jerarquía eclesiástica habría tenido conocimiento previo de los hechos.
Lo que viene
La causa continúa su marcha con al menos un hecho vigente que podría llegar a juicio oral, más el proceso de verdad para los hechos prescriptos. Las víctimas, cuya identidad se mantiene bajo reserva, son acompañadas por su abogada particular y por profesionales del equipo diocesano de protección de menores.





