Un proyecto inmobiliario que contempla comercios, hoteles, viviendas y edificios de hasta 10 pisos avanzó sobre terrenos de la costa de Berazategui que estaban catalogados como Reserva Ambiental Ribereña. La Suprema Corte bonaerense intervino y ordenó paralizar las obras vinculadas al emprendimiento de Global Urbanization Group SA, al advertir un riesgo de afectación ambiental de difícil o imposible reparación.
Del humedal al negocio inmobiliario: qué está pasando en la costa de Berazategui
Durante años fue presentada como una de las últimas grandes áreas ambientales de la costa de Berazategui. Humedales, bosque nativo, selva marginal y terrenos bajos que funcionan como defensa natural frente a las sudestadas. Pero detrás de ese paisaje comenzó a tomar forma un proyecto de enormes dimensiones.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense decidió suspender los efectos de la ordenanza 6.552/24 y paralizar cualquier trabajo relacionado con el denominado “Distrito Eco Urbano Berazategui Norte”, mientras se resuelve definitivamente si la norma es constitucional.
La decisión judicial coloca en el centro de la escena a Global Urbanization Group SA, empresa propietaria de los terrenos y desarrolladora del emprendimiento.
Un proyecto inmobiliario a metros del Río de la Plata
La ordenanza cuestionada modificó la zonificación de tierras que anteriormente estaban clasificadas como Zona de Reserva Ambiental o Reserva Ambiental Ribereña.
El cambio habilitaba distintos usos urbanos: comercios, oficinas, servicios y hoteles de hasta cinco plantas, viviendas particulares y, en el sector más próximo al Río de la Plata, edificios de hasta diez pisos destinados a viviendas y comercios.
El impacto potencial no pasó inadvertido para la Justicia.
La propia resolución recuerda que el Código de Ordenamiento Urbano de Berazategui consideraba a esos sectores como espacios de importancia ambiental y paisajística regional, con indicadores urbanísticos prácticamente nulos y, en determinados casos, excluidos expresamente de los procesos de urbanización.
Máquinas, excavaciones y movimiento de tierra
La controversia dejó de ser solamente una discusión sobre planos y ordenanzas cuando vecinos denunciaron que comenzaron a observarse máquinas pesadas, excavaciones, apertura de caminos y grandes movimientos de suelo.
Según la presentación incorporada a la causa, los trabajos alcanzaban unas 150 hectáreas.
Las fotografías aéreas acompañadas al expediente —similares a las imágenes que ilustran esta nota— mostraban intervenciones que, según los denunciantes, coincidían con sectores previstos para futuras lagunas y calles del emprendimiento.
La Corte consideró relevante ese material y sostuvo que las imágenes mostraban actividad y maquinaria pesada dentro de una zona protegida y que, de manera preliminar, los trabajos coincidían con la preparación del terreno para el proyecto inmobiliario.
Global Urbanization Group y un proyecto que viene de años
La resolución judicial también revela un dato que aumenta la controversia.
El emprendimiento actual tiene antecedentes en otro proyecto impulsado años atrás por la misma desarrolladora: “Puerto Sur”.
De acuerdo con la documentación analizada por el Tribunal, una propuesta de características similares ya había sido evaluada por organismos provinciales, que habían considerado inviable avanzar con aquella ampliación urbana.
En el expediente actual, la Dirección provincial competente volvió a realizar fuertes observaciones. Señaló que para desarrollar el nuevo proyecto sería necesario modificar la morfología natural del terreno, rellenar humedales y extraer tierra del mismo sector para crear zonas urbanizables y lagunas artificiales.
También remarcó el elevado valor ecosistémico de la franja costera y su alta exposición al riesgo de inundaciones.
La Justicia puso el freno
La Suprema Corte fue contundente al evaluar el peligro ambiental.
Advirtió que permitir que las tareas continuaran podría provocar modificaciones sobre el ambiente de “dificultosa y hasta imposible reparación”.
Por eso ordenó detener cualquier actividad destinada a concretar el Distrito Eco Urbano.
La empresa únicamente podrá efectuar tareas básicas para conservar el inmueble: colocar cercos sin cimentaciones permanentes y retirar residuos.
Quedaron expresamente prohibidos, mientras continúe vigente la cautelar:
- movimientos de suelo;
- extracción de tierra;
- rellenos;
- apertura de calles;
- trabajos que impliquen avanzar con el emprendimiento inmobiliario.
La decisión no significa que el proyecto haya sido definitivamente rechazado. La Corte todavía deberá resolver el fondo de la demanda que cuestiona la constitucionalidad de la ordenanza.
Pero el mensaje judicial es fuerte: mientras se discute el futuro del emprendimiento, las máquinas deberán detenerse en uno de los sectores ambientalmente más sensibles de la costa de Berazategui.




