El productor de televisión y primer ganador de Gran Hermano, Marcelo Corazza, fue absuelto este miércoles en el juicio en el que estaba acusado de asociación ilícita, corrupción de menores de edad y exhibiciones obscenas. Tras conocerse el veredicto, el Tribunal Oral Federal N° 3 de la Capital Federal dispuso además levantarle la tobillera electrónica, la prohibición de salida del país y el embargo que pesaba sobre sus bienes.
Condenas para otros dos acusados
En el mismo fallo, dictado por los jueces Javier Ríos, Andrés Basso y Fernando Machado Peloni, el tribunal condenó a Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo a 22 años de prisión como autor de trata de personas, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores. Raúl Ignacio Mermet, por su parte, recibió una pena de 10 años de cárcel como partícipe necesario del delito de trata.
Otros dos imputados, Leandro Agustín Aguiar y Andrés Fernando Charpenet, también fueron absueltos —en su caso, por los cargos de trata de personas y asociación ilícita— y el tribunal ordenó su inmediata liberación.
Por qué absolvieron a Corazza
La absolución de Corazza se dio en gran parte por prescripción: el tribunal declaró extinguida la acción penal en su contra por el delito de exhibiciones obscenas agravadas y, en uno de los casos, por promoción de la corrupción de menores. También fue absuelto por la acusación de asociación ilícita. La decisión judicial confirmó el pedido que había hecho la propia fiscalía: el mes pasado, al momento de alegar, el Ministerio Público Fiscal —representado por el fiscal general Patricio García Elorrio y el fiscal federal Nicolás Czizik— ya había decidido no acusarlo, al considerar que parte de los hechos estaban prescriptos y que, respecto de uno más reciente, no había pruebas suficientes.
En el caso de Angelotti Notarbartolo, la condena alcanzó el delito de trata en perjuicio de cuatro víctimas —tres de ellas menores de edad—, agravado por el abuso de una situación de vulnerabilidad y la pluralidad de damnificados, además de abuso sexual con acceso carnal de tres personas, corrupción de menores de 18 años en dos casos y de una menor de 13 años, y tenencia de material de abuso sexual infantil. Sin embargo, la Justicia también declaró prescripta la acusación en su contra por delitos contra la integridad sexual de otras ocho víctimas, por lo que fue absuelto de esos cargos puntuales. Deberá indemnizar a cada una de las cuatro víctimas de trata con el equivalente a veinte salarios mínimos, vitales y móviles.
Mermet fue condenado por trata en el caso de una víctima, aunque también resultó beneficiado por la prescripción respecto de otras cuatro acusaciones por delitos contra la integridad sexual. Deberá pagar una indemnización equivalente a veinte salarios mínimos, vitales y móviles a la víctima de trata.
Una causa que empezó en 2022 y cambió de fuero
La investigación se originó el 24 de octubre de 2022, a partir de la denuncia de una de las víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). En un primer momento tramitó en la justicia ordinaria, bajo la instrucción del juez Javier Sánchez Sarmiento, que en abril de 2023 procesó a Corazza sin prisión preventiva por corrupción de menores de 13 años en concurso con exhibiciones obscenas. La Cámara de Apelaciones confirmó ese procesamiento en mayo de ese año, y la causa pasó al fuero federal —donde intervino el juez Ariel Lijo— al detectarse indicios del delito de trata de personas, que motivó la instrucción penal.
El juicio oral comenzó en agosto de 2025. Para Angelotti Notarbartolo, la fiscalía había pedido 22 años; para Aguiar, 11; y para Mermet y Charpenet, 10 años cada uno. El tribunal coincidió con la acusación en los casos de Angelotti Notarbartolo y Mermet, pero decidió absolver a Aguiar y Charpenet.




